JORDI CALSAMIGLIA BLANCAFORT
JORDI CALSAMIGLIA BLANCAFORT
TH, 3r VOLUM. El estado de derecho después de 1978

JORDI CALSAMIGLIA BLANCAFORT, BUFETE CALSAMIGLIA

Texto del 21-05-2008,
Fotografía: Àngel Font.

Con gran experiencia en el ámbito del Derecho del seguro, de la responsabilidad civil y de la propiedad intelectual, Jordi Calsamiglia Blancafort ha impartido cursos de postgrado en la Universidad Pompeu Fabra de la ciudad condal, en diversos colegios de abogados y en otros centros especializados. Titular del Bufete Calsamiglia Abogados, este letrado barcelonés se perfila como un profesional comprometido con la optimización del sistema jurídico.


Vinculación con la docencia y el deporte

En 1982, apenas con 22 años, inicié mi carrera profesional asumiendo la dirección jurídica de múltiples procesos judiciales que me encomendaba una prestigiosa aseguradora, lo que me permitió conocer nuestra realidad judicial y adquirir una útil experiencia en el ámbito procesal (las denominadas “tablas”). Fui ampliando mi cartera de clientes hasta que, en el año 1990, constituí mi primer bufete de abogados y, desde 1994, he alternado el trabajo profesional con la labor docente. En la actualidad, mi gabinete presta servicios jurídicos especializados en Derecho civil, con singular atención al Derecho del seguro, a la propiedad intelectual y la responsabilidad civil, así como al asesoramiento jurídico en el ámbito del deporte y del sector inmobiliario. Como abogado, dispongo de una dilatada experiencia en la representación de algunas federaciones deportivas, como la Federación Catalana de Tenis y la de Golf, lo cual me ha obligado a intervenir intensamente en cuestiones de Derecho deportivo. Desde hace 25 años también ejerzo como letrado del Gremio de Editores de Cataluña y de la Cámara del Libro, algo que me relaciona esencialmente con el sector editorial.

Relación especial con el mundo editorial

En cierto modo, mi vinculación al mundo editorial se debe a la figura de mi padre, Josep María Calsamiglia, quien fundó la editorial Ariel en tiempos difíciles y fue considerado como inspirador de una nueva generación de filósofos catalanes. Mi padre era un joven profesor de Filosofía de la Universidad de Barcelona, pero tras la Guerra Civil, el régimen franquista le inhabilitó para el ejercicio de la enseñanza. No pudo seguir impartiendo clases públicamente, pero nunca dejó de hacerlo en privado. Finalmente, regresó a las aulas en 1968, al inaugurarse la nueva Universidad Autónoma de Barcelona, donde fue nombrado catedrático. A partir de entonces, conjugó la docencia con su tarea en la editorial Ariel. Poco después de morir mi padre, en 1982, el presidente de la Cámara del Libro, José Manuel Lara Bosch, me ofreció asumir la asesoría jurídica de esta entidad y a partir de aquel momento me interesé por esta rama del Derecho.

Transición, renacimiento de las instituciones catalanas

La transición española se inició cuando me encontraba al final de la adolescencia y llegó a alcanzar mis primeros años universitarios. Mi recuerdo de aquella etapa es el de un período emotivo, intenso, idealista. Probablemente, en Cataluña fue una vivencia que se percibió con más significado que en otras regiones de España, pues debemos recordar que, al margen de la Transición en sí, también experimentamos el renacer de las instituciones catalanas.

Período histórico ejemplar

Particularmente comparto el criterio mayoritario de que la Transición fue un período histórico ejemplar. Inicialmente, tras el fallecimiento del general Franco, se extendió la incertidumbre y el temor sobre la dirección que podía tomar nuestro país pero, en pocos años, España llegó a perfilarse como una nación absolutamente democrática.

Hacia un marco legal europeo común

Con la Transición partimos de un régimen jurídico propio de un país dictatorial que hubimos de adaptar a una nueva realidad, lo cual forzó a los poderes públicos a una intensa labor legislativa. Actualmente, la adecuación de nuestro ordenamiento jurídico a las nuevas realidades sociales viene determinada mayoritariamente por las directivas de la Unión Europea, que regulan un marco legal común.

Necesitamos mantenernos actualizados

Nuestra sociedad está en constante evolución y las normas deben adecuarse. La necesidad de mantenernos actualizados con nuevas regulaciones es algo intrínseco a nuestra profesión y diría que a casi todas las restantes. En general, los abogados no vivimos esta particularidad como una dificultad añadida, sino que normalmente celebramos que el legislador sea sensible a la realidad del momento.

Punto débil de nuestro Estado de Derecho

En España, la Administración de Justicia es precaria y los medios de que dispone están muy por debajo del nivel que le correspondería. Desgraciadamente, tenemos una Administración de Justicia imperdonablemente lenta, desordenada, que no está a la altura de los últimos retos alcanzados por el Estado en el ámbito económico, sanitario, de infraestructuras, etc. La carencia de medios humanos y materiales lastra la posibilidad de alcanzar un sistema judicial que garantice una resolución útil, ágil y justa de los conflictos. Por todas estas consideraciones, pienso que, a día de hoy, la Justicia sigue siendo la gran asignatura pendiente de nuestro Estado de Derecho, aún a la espera de una modernización completa y de una dotación suficiente.

Difundir la cultura con sencillez

Profesionalmente mantengo una estrecha relación con la Ley de la Propiedad Intelectual, una normativa obsoleta que en la actualidad genera una gran inseguridad entre los agentes que operan en este sector. En dicho ámbito, la tradición jurídica es muy joven: aún no hemos sido capaces de consolidar un sistema de protección de los derechos de autor que sea compatible con la constante evolución de las nuevas tecnologías. Considero que, en este sentido, se requiere un debate urgente para consensuar unos criterios que permitan disponer de un régimen normativo que, sin penalizar o perjudicar los derechos del autor, faciliten la difusión de la cultura.

Un ámbito singular y carente de conocimientos

Si bien es cierto que en el sector de la propiedad intelectual no se plantean numerosos litigios judiciales, sí existen gran cantidad de conflictos no resueltos. En este campo la normativa es ambigua y poco clarificadora, algo que constantemente añade dificultades a la labor de los jueces y magistrados, quienes no disponen de una literatura jurídica afianzada. El mundo de la propiedad intelectual (propiedad intangible y que no es susceptible de ser poseída) es muy singular y su explotación comercial se desarrolla a través de unos medios de difícil control.

Urgen medidas para garantizar los derechos de los autores

El progreso de las tecnologías, las posibilidades de comunicación y la difusión de la cultura avanzan a un ritmo mucho más acelerado que la misma capacidad de asimilar estos nuevos conceptos. Este problema, que no concierne únicamente a nuestro país, sino que alcanza una repercusión a nivel mundial, demanda la urgente necesidad de establecer unas medidas más eficaces que, como hemos dicho antes, posibiliten el libre derecho de acceso a la cultura y garanticen los derechos de los autores que intervienen en la creación de contenidos culturales.

Constitución y realidad social

En el momento de su elaboración, la Constitución española de 1978 tenía que abordar una cuestión de futuro y, dadas las circunstancias del momento, fue instituida con cierto apresuramiento. La sociedad post-franquista y las condiciones bajo las que se redactó el texto constitucional han variado sustancialmente y la Carta Magna, como toda norma, es susceptible de diversas interpretaciones. El mismo Código Civil, artículo 3º, apunta que las leyes se interpretarán de acuerdo con la realidad social del tiempo al que han de ser aplicadas. En este sentido, es indiscutible que nuestra realidad social actual nada tiene que ver con la que vivimos 30 años atrás. Téngase en cuenta que la Constitución española no es propiamente una carta fundacional o una declaración de principios, sino que es un auténtico cuerpo jurídico que aborda numerosas materias con vocación de marcar criterios políticos y jurídicos.

Reforma constitucional, necesaria y posible

Si fuera necesario, el hecho de enmendar la Constitución debería ser visto como un ejercicio de democracia y de madurez política. Cabe recordar que el propio texto constitucional ya contempla dicha posibilidad. La modificación de la Constitución requiere unos procedimientos exigentes y solicita la existencia de un consenso mayoritario. Por consiguiente, si las fuerzas políticas son capaces de generar este consenso, los mecanismos constitucionales ya prevén la posibilidad de una reforma.

Correcta posición imparcial del Monarca

Observando la realidad global de España, nos percatamos de que la monarquía no está tan cuestionada como se ha especulado en ocasiones. Quizá sea cierto que existan determinados focos minoritarios que la rechacen, que la cataloguen como una institución folclórica y del pasado, pero generalmente hay una actitud de respeto hacia la figura de Su Majestad. No me considero una persona monárquica, pero debo reconocer que apruebo la labor de nuestro Rey. Creo que, durante su trayectoria, don Juan Carlos ha jugado un oportuno papel institucional y ha ejercido su función con dignidad y sin atisbo de soberbia, mostrándose como una persona cercana y espontánea, lo que ha suscitado la aceptación de gran parte de los ciudadanos. Así, el Monarca ha sabido ganarse el respeto, la consideración e, incluso, el cariño de su pueblo. Además, el Rey siempre ha querido mantenerse al margen de los vaivenes de la política española. Intuyo que su total independencia con los distintos partidos se debe a su voluntad de mantener una firme posición imparcial.