“En España a menudo funcionamos sin discriminar lo que es coyuntura política de lo que es razón de Estado”
La relación entre política y derecho es una realidad indiscutible desde los albores de la civilización. Con la Revolución Francesa se estableció el concepto de sociedad jurídicamente estructurada en relación con la “cosa pública” –o Administración–, con la finalidad de someter el poder al imperio de la ley. Lo mismo ocurre en la actual sociedad internacional, que funciona gracias a un mínimo común normativo, herencia del siglo XVII, que le permite constituirse como una comunidad internacional de intereses comunes regida por el Derecho. Así, el concepto universal de derechos humanos es una elaboración política y jurídica. Sin normas legales, sin un entramado normativo sólido que regule las relaciones entre las instituciones, y entre éstas y los individuos, cualquier sociedad caería en la forma medieval de sometimiento al poder del más fuerte.
Respecto a nuestro Estado, es esencial que haya más rigor y solvencia jurídica en cada ámbito dela Administración, y más aún en el legislativo, porque, a pesar de que las normas reguladoras de la vida diaria se manifiestan según fines políticos, sus contenidos técnicos no son simples matices de redacción. A veces una palabra determina la mayor o menor eficacia de una ley. Cuidar los matices es esencial para evitar la indeterminación del alcance de la norma para el administrado. Es alarmante observar cómo, en ocasiones, algunas normas dela Unión Europeano se transponen correctamente ni en los plazos ni en los contenidos. No hay un seguimiento técnico, lo que debería solventarse con una inversión de personas de alto nivel jurídico. Creer que una norma es solamente un instrumento para alcanzar un fin político puede provocar incoherencias y crear, en consecuencia, un conjunto de reglas relacionadas entre sí de manera incierta, en vez de una normativa claramente establecida.
Por otra parte, considero que un cuerpo legislativo debe estar al servicio de una política determinada, pero de una Política con mayúscula, cuyo objetivo sea la organización social del Estado. Cada gobierno marca sus objetivos, pero ha de haber por encima unas prioridades estructurales pensadas para el futuro del país. En España a menudo funcionamos sin discriminar lo que es coyuntura política de lo que es razón de Estado, concepto que debería recuperarse para desagraviarlo de tantas malas acciones cometidas en su nombre.
Sobre la Constitución, es un instrumento de organización política interna que debe demostrar su dinamismo adaptándose a los tiempos. Como cualquier texto legislativo, es susceptible de reforma. En Norteamérica y en Francia ha sido enmendada muchas veces, es un proceso que se asume con naturalidad. Los españoles tememos perder el consenso habido cuando nació, pero estamos maduros para emplear este instrumento de modernización del país. Igualmente, tampoco conviene sacralizar el asunto de las comunidades autónomas; su desarrollo ha sido y es positivo para mejorar el bienestar de la población.
Para finalizar, volvamos al tema internacional con la búsqueda de una Europa unificada en cada sector del Derecho, una meta difícil de conseguir. Salvo la cuestión sucesoria, el ámbito de familia y lo relativo a la economía, todo lo vinculado con el concepto de soberanía nacional y el Derecho penal sustantivo es complicado de armonizar, pues cada sistema jurídico estatal defiende sus propios valores.