ANTONIO PUERTAS MALLOU
ANTONIO PUERTAS MALLOU
TH, 3r VOLUM. El estado de derecho después de 1978

ANTONIO PUERTAS MALLOU CÉSAR AUGUSTO. Licenciado en 1971 – Ejerce desde 1975

Texto del 18/06/2008
Fotografía cedida por Antonio Puertas.

El abogado zaragozano Antonio Puertas Mallou renunció a la política, todavía joven, para dedicar su capacidad de ilusión y compromiso al Derecho de familia. La abogacía, según su parecer, es una profesión fundamentalmente consagrada a socorrer al ciudadano. Reconoce sentirse complacido con la gran evolución de España en los últimos treinta años y ambiciona que se hagan las cosas con la mayor libertad posible.

Abandonar la política para ejercer el Derecho

En el despacho llevo casos de todo tipo, pero estoy especializado, además de en Derecho civil y penal, en Derecho de familia, lo que comprende generalmente asuntos de separaciones y divorcios. Durante un período de mi vida, hasta cumplir los 29 años, estuve involucrado en la esfera política. Abandoné esta tarea porque en el fondo no me animaban ambiciones más profundas. No obstante, aquella dedicación me proporcionó mucha experiencia y un amplio conocimiento de la situación política del Estado, en concreto del contexto y las circunstancias del pueblo vasco. Gracias a ello, nunca he dejado de estudiar y analizar la actualidad española. Observo la marcha del país y me complace enormemente comprobar la evolución que está experimentando.

La Transición trajo consigo el habeas corpus

Aunque suene a tópico decirlo, hay que reconocer que la etapa de la Transición constituyó un momento de enorme ilusión. Muchos albergaban grandes deseos de cambiar la situación existente hasta entonces, de abrir ventanas a nuevas realidades para que corriera aire fresco. No es menos cierto, sin embargo, que una parte importante de lo que tanta ilusión prometía no se ha llevado adelante y que no todos los cambios que en efecto se produjeron han sido necesariamente a mejor. Pero es fácil constatar una diferencia cardinal entre la época de la dictadura y la vida democrática: ahora, el habeas corpus garantiza la libertad personal del individuo a fin de evitar los arrestos y detenciones arbitrarias. Hoy día todo ciudadano siente que hay alguien en alguna parte que está dispuesto a escucharle.

 

Defectuosa corrección de la discriminación sexual

La Transición, en algunos momentos, también se vivió con inquietud y no poca expectación: baste con recordar el fallido intento de Golpe de Estado del 23-F. Quizás a consecuencia de cierta precaución natural ante las ligeras zozobras que acontecieron entonces, quedó buena cantidad de normativa pendiente de corregir del todo. La relativa a la igualdad entre el hombre y la mujer, por ejemplo, fue una de ellas. El retraso en hacerlo ha provocado que, acicateados por la presión mediática y con la mira puesta en determinadas estrategias políticas, finalmente y como no podía ser de otro modo, se esté corrigiendo con precipitación y, en consecuencia, defectuosamente.

 

Desaparición del concepto formal en el ámbito judicial

Otro elemento normativo que ha cambiado, muy adecuadamente, es el concepto formal, que ha desaparecido. Es decir, muchas actividades jurídicas, léase recursos o todo tipo de demandas, ya no se ven entorpecidas en su desarrollo si presentan defectos formales. En ocasiones, debido a la gran cantidad de trabajo que se genera en el ámbito judicial, por error se interponen procedimientos con defectos de forma que afectan al ajusticiable. Ahora la forma en sí no impide que se juzgue un caso, algo que sí sucedía años atrás.

 

Atender al ciudadano es el principal cometido de un abogado

Una de las formas que se promovieron en su día para impedir que el paro se extendiera fue que determinadas profesiones se convirtieran en una especie de gigantesca bolsa de trabajo. Las que atañen al Derecho y a la empresa pública fueron privilegiadas en este sentido: de ahí el número formidable de abogados con que cuenta este país. Un hecho que no se ha tenido suficientemente en cuenta en varias de las anteriores legislaturas es que la abogacía es, ante todo y más que nada, una profesión consagrada a atender al ciudadano y a procurar resolver sus problemas del modo más conveniente y favorable posible. Pero hay quienes pretenden que el abogado es únicamente un gestor, lo cual dista mucho de ser cierto.

 

Escollos en la renovación de la Justicia

Esencialmente, la Justicia en cualquier país es conservadora. En España el aparato judicial se rige solo, esto es, se controla y regula a sí mismo, lo cual dificulta que aquellos que lo componen se sientan impelidos a variar la situación. Además, el acceso a la magistratura es más sencillo mediante el procedimiento de realizar oposiciones que a través de años acumulados de profesión práctica. En consecuencia, no importa tanto la experiencia vital como saberse de memoria infinidad de artículos. Ambas circunstancias impiden, por tanto, que se lleven a efecto los cambios necesarios para adaptar la Administración de Justicia a las necesidades actuales de la sociedad.

 

Insuficiente dotación de recursos y profesionales en el ámbito judicial

También sería necesario aumentar el número de juzgados y jueces. A éstos solo les llegan los recursos, lo que equivale a valorar los casos con base a lo que haya escrito en un papel o enlatado en una grabación. No existe una conciencia real de lo que sucede en el país. Si bien es cierto que en su día fue aprobada la implantación de jueces de cercanía –antiguamente denominados jueces comarcales o municipales–, no lo es menos que todavía es algo a la espera de llevarse a cabo realmente.

 

Solucionar problemas mediante sanción, un legado franquista

Se está legislando precipitadamente. Ni siquiera los abogados entendemos a veces determinadas leyes. Nos asombra, por ejemplo, que tenga que intervenir constantemente el Consejo General del Poder Judicial. Padecemos un exceso de normas penales. Es verdad que estas leyes contienen algún elemento destinado a la prevención o la educación, pero se trata de algo que en la práctica queda excluido porque carecen de un efecto disuasorio real. La respuesta que producen es la contraria a la que quieren producir. No se entiende que, en nuestra sociedad, en la que se supone existe una bien definida libertad de opinión, no se pueda opinar abiertamente sobre una ley aprobada. Resolver los problemas mediante la sanción y no por razón de la prevención es un legado franquista. Y establecer normativa de cara a la galería tampoco es una solución.

 

Jurídicamente es factible modificar la Constitución

30 años son muchos y durante este tiempo se han producido notables cambios: nuestra sociedad poco o nada se parece a la de entonces. Ha habido una considerable evolución y no hay razón alguna para tener miedo a que las cosas se puedan valorar ahora justamente. Siempre es pertinente estudiar la Constitución y, en caso de que fuera necesario, cambiar aquellos puntos que así lo exijan. No estamos hablando de una Constitución cerrada. No es intocable. Desde su nacimiento fue propicia a cualquier modificación que pudiera ser requerida. Creo que es factible jurídicamente modificar la Constitución.

 

Coyunturalmente no es momento de modificar la Carta Magna

Durante los años de la Transición el jurista y el político gozaban de mayor libertad personal. Había que crear el Estado democrático, y precisamente en el riesgo de crearlo se cifraba esa capacidad de hacer las cosas libremente. En la actualidad tal libertad se ha constreñido en virtud de los intereses políticos de cada partido. Apostar por modificar la Constitución en la actual situación política del país resultaría arriesgado. Lo principal, en todo caso, es no caer en la tentación de jugar con el concepto de España como nación.

 

No debería abusarse del Tribunal Constitucional

Todos los tribunales se encuentran politizados. La política debería resolverse en el ámbito político y no en el judicial. El Tribunal Constitucional, en este sentido, se ve agobiado por gran número de demandas que debieran ser resueltas por otra vía. Si el Constitucional se establece como árbitro de todos los problemas, de algún modo se está invitando a una cierta desidia por parte de los otros órganos dedicados a la Justicia. La independencia absoluta del poder judicial, tal y como lo instituye la Constitución, no existe.

 

Descentralización autonómica, un gran logro

Cada territorio distingue a cada ciudadano con una conciencia distinta. Existe sin embargo un punto que las hermana: la generalizada voluntad de ayuda mutua entre las distintas comunidades. Pero creo que sería necesario que fueran aún más diáfanas sus relaciones a nivel financiero, tarea ésta que compete a los políticos. No obstante, el Estado de las Autonomías es uno de los grandes logros de la Transición y un modelo ejemplar para otros países. Debemos sentirnos orgullosos de él.

 

Aragón va afianzándose como comunidad

Los aragoneses empiezan a tener un concepto valorativo de su propia región. Todavía dependemos mucho de los grandes partidos a nivel nacional, pero en general se ha mejorado bastante y se han aplicado soluciones importantes dentro de la comunidad autónoma.

 

En los pueblos se prescinde del concepto de partido político

El Estado se preocupa menos de las pequeñas comarcas y de los pueblos, que todavía no han resuelto adecuadamente el problema de la financiación. A pesar de ello, los ayuntamientos tienen mucha importancia, sobre todo porque acercan la realidad administrativa al ciudadano prescindiendo del concepto de partido político.

 

Dirimir la cuestión dinástica, una tarea pendiente

La figura del Rey ha sido sin duda alguna de una importancia capital en España: si no hubiera existido don Juan Carlos, lo habríamos tenido que inventar. En cuanto a la continuidad dinástica, pienso que es algo que aún está por dirimirse adecuadamente.