AURELIA MARÍA ROMERO COLOMA
AURELIA MARÍA ROMERO COLOMA
TH, 3r VOLUM. El estado de derecho después de 1978

AURELIA MARÍA ROMERO COLOMA. BUFETE ROMERO COLOMA

Texto del 2-09-2008
Fotografía: Mª Belén Coloma García de Angulo.

Entusiasta en su día de la Ley del Divorcio, Aurelia Mª Romero aboga hoy por la reforma de la Ley de Violencia de Género, favorecedora de demasiadas denuncias falsas. Asimismo, defiende los derechos del menor frente a la libertad religiosa de los padres recogida en la Constitución. Las dificultades del ciudadano para acceder a la Administración de Justicia despiertan su inquietud, y nuestra Carta Magna le parece madura pero perfectible.

He fusionado mis dos pasiones, la literatura y la abogacía

A los siete años escribía cuentos para mi familia: quería ser escritora. Luego quise ser publicista, estudié Filosofía y Letras y más tarde me metí en el mundo del Derecho, sin duda por mi padre, Rafael Romero García Pelayo, fallecido en 1995, que era abogado y empresario agricultor y ganadero. Siempre supe que mi futuro no iba a ser sólo ejercer la abogacía, sino que también escribiría. Y así lo he hecho. He fusionado mis dos pasiones y hoy tengo en mi haber 30 libros jurídicos y más de 180 artículos monográficos publicados en distintas revistas españolas.

Apasionada por el Derecho de familia

Me dedico al Derecho de familia, y creo que seguiré en él toda mi vida. Me ocupo sobre todo de separaciones, divorcios, nulidades y asuntos de patria potestad. Actualmente, trato un tema que nadie hasta ahora había tocado, el del incumplimiento del derecho de visita por parte de los progenitores custodios. Mi bufete está también especializado en responsabilidad civil médico-sanitaria; son los casos, muy numerosos, de errores médicos y/o imprudencias en este ámbito.

 

La Ley de Violencia de Género discrimina a los hombres

Últimamente llegan a mi despacho las consecuencias de la aplicación de la Ley de Violencia de Género. Vienen muchos hombres separados quejándose de su indefensión y lamentándose de que a la mujer siempre se le otorgue la custodia de los hijos. Algunos ven a sus hijos una hora a la semana, la mayoría se siente víctima de injusticias varias derivadas de la aplicación de la ley. Está bien resarcir a la mujer de la marginación a la que se ha visto sometida: es una deuda histórica que había que reparar. Pero no olvidemos que la Constitución proclama la igualdad entre hombres y mujeres, y la ley en cuestión convierte al hombre en un ciudadano de segunda, le pone siempre bajo sospecha (por malos tratos, por abuso sexual…). La ley debe ser matizada, sobre todo en materia de pruebas; sólo así se acabará con las falsas denuncias.

 

Anteponer los derechos de los menores a la libertad religiosa de sus padres

De todas las obras que he publicado, la que considero más interesante es Libertad religiosa del progenitor frente al beneficio del hijo menor (2007). El libro surgió a partir del caso de una clienta cuyo marido, testigo de Jehová, había captado religiosamente al hijo común. A lo largo de 200 páginas salgo en defensa del interés del hijo menor frente al progenitor o progenitores que ejercen la patria potestad. Mi tesis es que los derechos del hijo menor deben anteponerse incluso a la libertad religiosa de los padres, amparada por el artículo 16 de la Constitución. Tengo un cariño especial a este libro porque ejemplifica mis preocupaciones. Mis caballos de batalla siempre han sido los pacientes (los enfermos hospitalizados), las mujeres y los menores de edad.

La Ley del Divorcio permitió a muchas personas rehacer sus vidas

Lo primero que recuerdo de la Transición es la tan traída y llevada Ley del Divorcio de 1981. Yo era entonces muy joven, ni siquiera tenía la carrera de Derecho, pero ya me había imbuido del ambiente universitario cursando la licenciatura y el doctorado en Historia del Arte. La Ley del Divorcio fue lo que más me impactó de entonces, por su utilidad y oportunidad social. Abrió las puertas a que muchas personas, algunas de mi entorno más inmediato, pudieran rehacer sus vidas. Vi de cerca los efectos reparadores de la ley. Tanto me impactó, que luego decidí dedicarme al Derecho de familia. En la Transición estaba todo por hacer: la situación de la mujer era aberrante y el Derecho de familia, lamentable.

No se puede modernizar la Justicia sin dotarla de infraestructuras

No se puede modernizar la Justicia si antes no se la dota de una mejora sustancial de las infraestructuras. De nada sirve dictar leyes y legislar, por ejemplo, sobre juicios rápidos, si no se tienen medios. Los letrados lo vemos todos los días en los tribunales de Justicia. Hay escasez de jueces y secretarios judiciales; las sesiones, mayoritariamente, no son públicas. Esto es así porque no hay infraestructuras, lo que comporta colapsos y masificación. No es lógico que una sentencia de divorcio de mutuo acuerdo se demore meses y meses. El cliente –el ciudadano–, obviamente, no lo entiende.

 

Facilitar el acceso a la Justicia

Mi principal preocupación como profesional del Derecho es la dificultad que tiene el ciudadano para acceder a la Justicia. ¿Por qué se tarda tanto en administrar justicia? ¿Por qué se demoran las sentencias? Sería necesaria una ley que regulara estos retrasos. Y no sólo eso: hace falta elevar la dotación presupuestaria de la Justicia, aumentar sus infraestructuras e incrementar el número de jueces. La propia Constitución, en su artículo 24, sanciona los retrasos en la Administración de Justicia. No permitamos, pues, que se conviertan en un mal crónico.

¿Jueces libres o maniatados?

La independencia del poder judicial no está entre mis principales preocupaciones, puesto que las materias de Derecho familiar que trato profesionalmente, muy claras desde el punto de vista constitucional, no son muy interpretables desde el prisma de la dependencia o independencia de los jueces. Como ciudadana, sin embargo, entiendo que la falta de libertad de los jueces sea una de las principales inquietudes de la sociedad, sobre todo porque es un problema que padecemos hace muchos años, desde que la Constitución fue promulgada. ¿Tienen libertad los jueces para dictar sus sentencias o están maniatados? Ahí queda la pregunta.

 

Legislando a conciencia y sin premura se evitarían ulteriores modificaciones

Cuando empecé la carrera de Derecho me di cuenta de la gran cantidad de leyes que regulaban nuestra vida. Pues bien, ese elevado número de leyes no era nada comparado con el existente ahora. Como decía García de Enterría en su famoso tratado de Derecho administrativo, estamos en una fase de motorización legislativa. Se legisla rápido y, por ello, mal. Legislar debe ser una tarea concienzuda y hacerse sin premura; sólo así se evitan las posteriores modificaciones legislativas, como ha sucedido con la Ley del Menor o las leyes de Enjuiciamiento Civil y de Enjuiciamiento Criminal. Son revisiones absurdas que dificultan mucho el cometido de letrados y jueces.

Aspectos del ordenamiento jurídico, político e institucional para adaptar a la realidad social

La Constitución está muy bien como está. Tiene 30 años y, si se me permite el símil, si una persona empieza a madurar a esta edad, también la Constitución empezará a hacerlo. Evidentemente, todo en esta vida es perfectible, también en materia de Derecho constitucional. Muchos aspectos del ordenamiento jurídico, político e institucional pueden ser revisados para adaptarlos a la realidad social cambiante. Sólo habrá dinamismo social si ordenamiento y realidad se adecuan uno a la otra. Un apartado manifiestamente mejorable es el que articula el principio de igualdad desde el punto de vista formal; otro, el artículo 24, que trata el acceso del ciudadano a la Administración de Justicia, una vieja preocupación personal que ya he citado y que tiempo atrás plasmé en un libro. También debería ser redactado con más claridad el artículo 18, que regula los derechos fundamentales de intimidad, honor e imagen frente a los derechos fundamentales de libertad de expresión e información. Tal y como está redactado ahora mismo induce a mucha confusión, como prueban las numerosas sentencias contradictorias dictadas por los tribunales de Justicia al respecto. Se produce una colisión entre derechos fundamentales de difícil resolución. Y un último aspecto a reformar sería el relativo a los títulos nobiliarios: es absurdo que prime el varón sobre la mujer.

 

El Estado autonómico y la potenciación de la cultura y los valores propios de cada comunidad

Soy bastante partidaria del vigente Estado de las Autonomías. Obviamente, hay comunidades más ricas que otras, con más recursos, y la solidaridad entre ellas se puede mejorar. Pero entiendo que fue un acierto tal y como quedó configurado el Estado durante la Transición. Juzgo positivo que cada comunidad autónoma potencie su cultura y sus valores propios, sin menoscabo del marco español. Aquí en Jerez, y en Andalucía en general, desde que tenemos autonomía hay un mayor interés por la cultura. Lo andaluz ha superado el estadio folklórico al que el franquismo lo había recluido y se está desplegando en un espectro cultural mucho más amplio. Se ha recuperado, por ejemplo, nuestro resplandeciente pasado musulmán. Y me consta que este resurgir cultural también se está dando en otras comunidades.

 

No veo ningún problema en que el Rey abdique en su hijo

El pueblo está contento con la monarquía: yo veo a Felipe VI reinando. También podría haber reinado la Infanta Elena. Al fin y al cabo, es la primogénita, y la Ley Sálica hoy en día no se sostiene, es uno de los aspectos de la Constitución que debería modificarse. Por otro lado, no veo ningún problema en que don Juan Carlos abdique en favor de don Felipe, pero el día de mañana, cuando alguien, varón o hembra, suceda al futuro Rey, entonces ya veremos qué sucede con la monarquía.