Texto del 10/12/08,
Fotografía: FOTO NEBOT.
Tuve grandes maestros en la Facultad de Derecho de Oviedo
Pertenezco a los colegios de abogados de Oviedo, Gijón, Valencia, Alicante, León, Palencia, Zamora y Burgos. Estudié la carrera en la Facultad de Derecho de Oviedo en una época en la que coincidieron diversos profesores que fueron relevantes durante el proceso de transición hacia la democracia. Torcuato Fernández Miranda, autor material de la Ley para la Reforma Política, que permitió desmantelar hábilmente el régimen franquista utilizando sus propios resortes como arma, nos impartía clases de Derecho político. Asimismo, con un jovencísimo catedrático Juan Córdoba estudié Derecho penal. Mi padre había sido alférez del Cuerpo Jurídico Militar. Terminó la carrera en sólo tres años y obtuvo matrícula de honor. Ejerció como profesor en la Universidad y me habló muy bien de Aurelio Menéndez, catedrático de Derecho Mercantil, quien también tuvo una enorme proyección política y profesional y fue ministro de Educación y Ciencia. Satisfecho de haber tenido tan buenos maestros, hoy dirijo un bufete de abogados de ámbito nacional, apoyado en la experiencia de cuatro décadas de ejercicio profesional.
La Ley de Reforma Política de Torcuato Fernández Miranda estableció los cimientos de la Constitución
Tras el fallecimiento del general Franco continuaron en el poder algunas personas de su confianza y, puesto que los objetivos de las fuerzas políticas y sociales apuntaban hacia la democracia, la Transición encontró un camino plagado de dificultades. Era una época que se abría paulatinamente a las libertades, pero éstas todavía se reprimían con dureza. Aunque existen actuaciones susceptibles de crítica, no cabe duda de que al frente del poder político y ejecutivo hubo figuras de gran envergadura, como Adolfo Suárez. Recordemos también que gracias a la Ley de la Reforma Política redactada por Torcuato Fernández Miranda pudieron transformarse las Cortes franquistas y establecerse los cimientos de la Constitución. Este documento fue defendido por Miguel Primo de Rivera y Urquijo, así como por Fernando Suárez, quien fuera ministro de Trabajo del régimen, y cuya brillante elocuencia le hizo pasar en los anales de la historia como uno de los mejores oradores que se recuerdan en el hemiciclo del Congreso de los Diputados.
En las postrimerías del franquismo no existió un verdadero Estado de Derecho
Si bien durante el tardofranquismo había tribunales justos, no puede hablarse de la existencia de un Estado de Derecho en toda regla, puesto que existían arbitrariedades flagrantes. Recuerdo al respecto un caso que me impactó sobremanera, tal vez por ser yo entonces muy joven: en 1972, me hice cargo de la defensa de un joven militar procesado en consejo de guerra por homicidio. Se le absolvió de este delito, pero fue condenado por homosexualidad a cinco años de prisión. En aquella época Televisión Española emitía la serie “El crimen siempre paga” y, en uno de los capítulos, hicieron una reconstrucción de este suceso, en el que se explicaban los detalles del homicidio y del proceso posterior ante el tribunal. A raíz de esta emisión interpuse una querella contra TVE, pidiéndole la devolución de la cinta, que no pude recuperar porque desapareció misteriosamente. Poco después se presentó en mi despacho la brigada social y me sometieron a un interrogatorio para que les explicara los motivos de mi querella contra TVE.
Regular la Constitución en vez de cambiarla
Treinta años después de su promulgación, no veo necesaria una reforma de la Constitución. La elaboración de nuestra Carta Magna resultó compleja y ardua, pero finalmente el resultado fue satisfactorio, por eso creo que debe continuar como está. Pese a que existen diferencias de interpretación, los asuntos que se resuelven por sentencia constitucional representan tan sólo el 3% de los que se aceptan. Esto significa que el 97% de los casos terminan con un auto de no admisión a trámite y los que pasan este filtro tienen un porcentaje de amparo muy reducido. Algunos hablan de reformar el texto constitucional para que el Senado se constituya como una verdadera Cámara de representación territorial, pero es un aspecto que ya queda recogido en la Constitución y, por tanto, no haría falta cambiarla con ese fin. Otros apuntan a la conveniencia de retocar el Consejo General del Poder Judicial para minimizar su partidismo, pero es una cuestión muy delicada y compleja, y dudo que una modificación de la Carta Magna solvente la tradicional diferencia de criterios de los miembros de dicho Consejo. En suma, opino que es más conveniente regular y reglamentar los aspectos constitucionales que vayan quedando desfasados que cambiar aquello que funciona.
Conviene fijar los límites autonómicos, sobre todo por razones económicas
Sin duda, el acercamiento de la Administración al ciudadano ha sido positivo para el país. Desde que se promulgó la Constitución, las competencias autonómicas han ido ensanchándose de forma abrumadora, sobre todo en Cataluña y en el País Vasco. Esta expansión ha llegado incluso a Asturias, donde hemos recibido el traspaso reciente en materia de Justicia. Si en época de la Transición, Gregorio Peces-Barba y Alfonso Guerra apoyaron la fijación de una marca clara de los límites autonómicos, hoy debería echarse nuevamente el freno, fundamentalmente por razones de coste económico. Basta observar los organigramas de las comunidades autónomas para ver la enorme cantidad de cargos, asesores, directores, secretarios y subsecretarios que las componen. Desde un punto de vista objetivo, hay autonomías que suponen un derroche alarmante. Asimismo, para evitar divergencias e inseguridad jurídica, conviene idear una fórmula que armonice la legislación autonómica con la derivada del Gobierno central y que clarifique la subordinación de las primeras.
Tener diecisiete parlamentos autonómicos suele producir contradicciones entre las leyes de cada uno de ellos
Ciertamente, es necesario legislar según vayan surgiendo nuevas realidades sociales. No obstante, el gran número de reformas y de modificaciones que se llevan a cabo constantemente nos conlleva a los juristas un estudio exagerado y un gran gasto económico, puesto que debemos invertir en medios para ponernos al corriente de todas las novedades legislativas. Al tener diecisiete parlamentos autonómicos es posible que estemos provocando confusión legislativa, porque suelen producirse contradicciones entre las leyes de las diferentes comunidades.
Potenciar la autoridad civil para prevenir ciertos delitos
A menudo se criminaliza demasiado y se hace en contra del principio básico de intervención mínima. La intromisión efectiva debería llevarse a cabo única y exclusivamente cuando los conflictos no puedan ser solucionados de otra forma. Por ejemplo: en los temas urbanísticos hay determinados casos que podrían solucionarse sin criminalizar la conducta del acusado, recurriendo a un mero expediente administrativo. En ocasiones los tribunales absuelven o sobreseen determinados supuestos por aplicación de este principio de intervención mínima y, otras veces, en cambio, condenan criminalizando actuaciones que podrían contemplarse dentro del ámbito administrativo. Otro procedimiento sería potenciar la prevención, de manera que la autoridad civil fuese más vigilante, a fin de evitar, en la medida de lo posible, la realización de determinados delitos.
Intrínseca lentitud del Derecho penal
Llevo treinta años escuchando el debate sobre la lentitud de la Justicia. Respecto al retraso en esta institución, estoy de acuerdo con el profesor Córdoba cuando comentaba que en Derecho penal es bueno que las cuestiones maduren. Con todo, aquí en Oviedo hay que decir que funcionan muy bien las salas de lo civil de la Audiencia Provincial, pues los asuntos que llegan a la misma obtienen sentencia en poco más de dos meses.
España está preparada para ser una república
Últimamente se ha acrecentado el debate en torno la sucesión monárquica. Respecto al futuro de esta institución, considero aventurado predecir si tendremos un rey llamado Felipe VI, si el tránsito de un monarca a otro se producirá sin traumas, si sería oportuno que el Rey abdicara prematuramente a favor de su hijo o si, como declara la Reina, habría que esperar a que el Rey agotara su reinado. En este sentido, es difícil realizar pronósticos, porque los cambios de voluntad en las personas son constantes e imprevisibles. Creo que sería favorable una abdicación del Rey a favor del Príncipe, pues veo al Monarca envejecido para desarrollar plenamente sus funciones habituales. No obstante, ésta no es la única alternativa en la Jefatura del Estado, puesto que España está preparada para ser una república. De mismo modo que hemos vivido una transición que instauró la democracia en un corto espacio de tiempo, es obvio que puede acontecer una república. Conviene tener en cuenta que el pueblo es influenciable y, si hoy se hiciera un referéndum sobre la monarquía, aquellos que se muestran partidarios quizás mañana se convertirían en detractores. Personalmente, no tengo un especial interés en mantener la continuidad de la Casa Real.