PEDRO BROSA BALLESTEROS
PEDRO BROSA BALLESTEROS
TH, 3r VOLUM. El estado de derecho después de 1978

PEDRO BROSA BALLESTEROS , BROSA ABOGADOS Y ECONOMISTAS

Texto del 14/05/08,

El bufete creado por Pedro Brosa, que incorporó como socios a Gines Torres, Joan Rius, Pere Casanova, Isabel Escudero y Josep Bertrán, detenta un especial interés por la problemática y por el Derecho de la empresa. De actividad multidisciplinar, goza de clientela tanto española como extranjera. Una segunda generación, representada por los hijos del señor Brosa –Marta, Jordi y Jaume–, también socios de la Firma, se enfrenta con ilusión a un futuro cambiante.

Histórico consenso de la Constitución

La importancia de la Constitución española nacida al morir la dictadura franquista fue trascendental. Vino a sustituir el antiguo Fuero de los Españoles, pero con mucha mayor amplitud y alcance, y ha sido y es la base de nuestra actual democracia. La Constitución surgió como un pacto entre ciudadanos de corte franquista y aquellos otros de talante progresista, todos ellos animados por el espíritu general de la Transición y por la prudencia política que en aquel momento imperaba. Debido al cambio generacional, creo que la Constitución necesita adaptarse al espíritu de los nuevos tiempos, pero encuentra una sólida resistencia: el sentimiento de la España profunda se opone a ello. Y muchos quisieran modificarla sólo para incrementar el poder central, o para admitir la sucesión monárquica femenina.

Caos normativo que aumenta la actividad judicial

Una de las más definitorias características de nuestro Estado de Derecho es la maraña legislativa en la que estamos inmersos. Se han modernizado varias materias en el ámbito del Derecho privado y público, con claros aciertos en ocasiones, pero, al proliferar los organismos con facultades reguladoras, hemos caído en un auténtico caos legislativo que contribuye al mal funcionamiento de las instituciones y confunde al ciudadano. De 2002 a 2006 las Cortes españolas han aprobado 272 leyes, lo que, sumado a los reglamentos, órdenes ministeriales, leyes autonómicas de 17 Parlamentos, decretos de sus consejos de gobierno, ordenanzas y normativas municipales termina por complicar la actuación judicial.

¿Existe un mercado libre?

Un informe de la Comisión Europea señala a España como uno de los países de la OCDE con mayor reglamentación del mercado interior: más de 700 leyes sobre el comercio, y esto en una época de liberalización de servicios. Tanta profusión normativa origina un importante impacto en la economía y la competitividad. Cuantas más leyes, más presión y más incumplimientos. Hoy día, más del 90% de los proyectos legislativos son normas reglamentarias. Carl Smith calificó al siglo xx como el de la “legislación motorizada”, y en el xxi deberíamos aspirar a que el Derecho fuera más que un simple instrumento coactivo o reivindicativo del poder político de turno.

Politización y saturación de la Justicia

La Constitución proclama la independencia del poder judicial y de sus miembros. El Tribunal Constitucional está integrado por 12 miembros, 4 de ellos nombrados por el Congreso, 4 por el Senado, 2 por el Gobierno y 2 más por el Consejo del Poder Judicial. Los miembros de éste dependen en última instancia de la voluntad del Parlamento, es decir, de los partidos políticos dominantes y no de la estricta voluntad del pueblo, teóricamente representada en dicho Parlamento. El principio fundamental de la separación de poderes, pues, no se cumple de hecho en España. El poder político, al crear la Constitución, pretendió controlar el poder judicial, entonces de carácter conservador. El miedo al conservadurismo forzó esta solución durante la Transición, pero hoy es preciso modificar la Constitución si queremos un poder judicial independiente.

¿Funciona la Justicia?

Disponemos de pocos jueces para el exceso de pleitos que hay y demasiados jueces sustitutos y cambiantes. Existe, además, una deficiente organización dentro de los juzgados y una falta de informatización de los mismos. La Justicia es desmesuradamente lenta. Echamos de menos una especie de espíritu empresarial judicial que se encargue de la organización funcional de los juzgados y que no tendría por qué afectar a la Justicia sustantiva que imparte. Si en un país la Justicia no funciona o no es eficaz o está condicionada es que en ese país falla la democracia.

Derecho constitucional y empresa

La Constitución española se refiere a la empresa en tres ocasiones: cuando establece la libertad de empresa, cuando prevé la posibilidad de una intervención en ella de los poderes públicos y cuando incita a la promoción de diversas formas de participación en las empresas. La empresa ha sido siempre considerada un objeto del Derecho, pero sin concederle una capacidad atributiva y una potencialidad propias. No hay establecido un estatuto explícito de la empresa. Se acepta que el interés general de la población o del ciudadano prima sobre el interés empresarial. Sin embargo, creo que la empresa es una entidad viva que permite una concepción de la misma que no sea capitalista, como lo es ahora, ni socialista, como podría pretenderse, sino que dé lugar a un auténtico Derecho empresarial autónomo. Ello solucionaría problemas prácticos, especialmente en el ámbito de las relaciones laborales.

Nueva Ley Concursal

Antes, la Ley Concursal distinguía entre la suspensión de pagos, regulada por ley específica, y la quiebra, regulada por el código de comercio. Hoy se ha unificado todo dentro de la Ley Concursal, que comprende tanto empresas como personas físicas. No obstante, esta nueva legislación no posee la flexibilidad de la ley de suspensión de pagos, cuya finalidad era salvaguardar la empresa. Está estructurada bajo el mismo sistema que regulaba la quiebra y tiende a su liquidación. Desde 2004 hasta finales de 2007 se han producido 3.100 concursos en toda España y más de un 90% terminarán o han terminado en liquidación. Las crisis empresariales se producen por oleadas, en función de la evolución económica global, sin que toda la culpa pueda imputarse al empresario. Con la Ley actual se hace necesario que exista una legislación preconcursal tendente a salvaguardar los entes productivos.

Nuestro país y la fiscalidad

La fiscalidad se ha incrementado en todos los impuestos desde la Constitución.

El IVA ha sido la gran novedad, que ha influido gravemente en el coste de los productos de consumo. Y el Euro también ha encarecido los precios, si bien nos ha facilitado el comercio en Europa y ha contribuido a nuestra internacionalización y globalización económica. El incremento de nuestros costes de producción está impulsando la deslocalización de empresas, tanto extranjeras como españolas. En cuanto a lo financiero, los intereses crediticios se ajustan más que antes al nivel mundial; también se ha producido una mayor concentración e internacionalización de nuestros bancos.

Cambios en el ámbito del Derecho civil

Instituciones civiles y tradicionales como el matrimonio están cambiando. Aunque la Constitución ya declaraba la aconfesionalidad del Estado, nos vamos desprendiendo cada vez más del tradicionalismo católico hacia una laicidad total.

Es difícil responsabilizar a los poderes públicos

El interés público prima sobre el privado, pero los poderes políticos son también responsables de sus actuaciones. Éste es un principio fundamental que se establece en defensa del ciudadano, algo básico en un Estado de Derecho. Sin embargo, la realidad es que los trámites necesarios para reclamar responsabilidades a la Administración son mucho más complicados. No hay equivalencia entre la exigencia de responsabilidad a los ciudadanos y la debida a la Administración.

Revisar la vigencia monárquica

La Monarquía jugó un papel cardinal dentro de la Constitución: supo renunciar a una serie de atribuciones, derivadas de la España de Franco, para dar entrada a la democracia. Pero lo que deberíamos plantearnos hoy es si la solución cívica y organizativa de un estado futuro moderno puede seguir siendo una monarquía. Sus atribuciones de antaño se han visto reducidas a mero símbolo. Creo que la sociedad española necesita un tipo de evolución diferente, instituciones más adecuadas a los nuevos tiempos y no puramente representativas de la unidad del país.

Descentralización y desarrollo económico

En época franquista, Cataluña recibía inmigrantes en busca de trabajo llegados de Andalucía, Extremadura y Galicia. Hoy en día la inmigración la forman ciudadanos de otros países. La descentralización ha potenciado la riqueza y el empuje empresarial de las comunidades. Sin embargo, una división territorial de España que la convirtiera en un estado confederado supondría una pérdida del poder central y rompería con “la unidad de la Patria”, uno de los principios fundamentales que Franco impuso. Reconocer las realidades étnicas y culturales, sin necesidad de romper la unidad del Estado, y fomentar la colaboración entre comunidades contra la tremenda centralización que padecemos, sería el inicio de una gran labor de futuro. La evolución del mundo, a mi juicio, debería basarse menos en los imperios y más en las organizaciones naturales.

Futuro empresarial e innovación tecnología

Poco queda de la mentalidad catalana desarrollada en el cambio del siglo xix al xx y de su famoso crecimiento industrial. Se ha ido agotando debido a la enorme competencia a nivel global. Hay que evolucionar de cara a las nuevas tecnologías. Por eso me alegra constatar que en el terreno de la medicina y de la química se están llevando a cabo descubrimientos y avances relevantes. Deberíamos olvidar un poco la producción material y concentrarnos en la intelectual, en fomentar la investigación. Así lograremos ponernos al día y alcanzar o incluso adelantar a otros países.