JOSÉ LUIS ZARDOYA MOLINOS
JOSÉ LUIS ZARDOYA MOLINOS
TH, 3r VOLUM. El estado de derecho después de 1978

JOSÉ LUIS ZARDOYA MOLINOS. ZARDOYA Y VILLAFRANCA – ABOGADOS

Texto del 30/12/08 .
Fotografía: Fotos José Miguel Mazo.

Desarrolla su labor, centrada en el Derecho mercantil, a caballo entre el ejercicio liberal y la asesoría de diversas entidades. José Luis Zardoya, jurista preocupado por la ética profesional, evoca los duros tiempos de lucha durante la Transición y destaca sus aspectos positivos. Desde este recuerdo, y valorando la grandeza de una Carta Magna duradera, señala la necesidad de vertebración de las autonomías y apunta al Senado y a la Ley Electoral como los posibles puntos susceptibles de modificación constitucional.

Especializado en Derecho mercantil

Nací en Tudela y, del mismo modo que un grupo muy numeroso de estudiantes navarros, estudié la carrera en la Facultad de Derecho de Zaragoza, ya que entonces no había ninguna Facultad de Derecho pública en Navarra. Estoy especializado en Derecho mercantil y me ocupo de la vertiente empresarial, fundamentalmente en situaciones de crisis económica. Durante casi un cuarto de siglo de profesión, he llevado a cabo numerosas actuaciones jurídicas profesionales ante los diferentes órganos judiciales. He participado como miembro de numerosos tribunales calificadores para plazas de licenciado en Derecho y oficiales administrativos. Asimismo, he sido docente en diversas instituciones, de Derecho Sindical, Derecho Civil y Derecho Mercantil. Desde 2001, soy secretario del Colegio de Abogados de Tudela, donde me encargo del ámbito deontológico, así como delegado de la Mutualidad de la Abogacía.

Tuvimos profesores con un altísimo nivel intelectual y profesional

En 1978, comencé a cursar Derecho constitucional, siendo la primera promoción que estudió la Carta Magna. Tuvimos profesores con un altísimo nivel intelectual y una gran capacidad profesional y pedagógica. Concretamente, en el ámbito del Derecho administrativo y constitucional, guardo un grato recuerdo de Lorenzo Martín-Retortillo, un catedrático excelente y un hombre amante de la Constitución, que nos transmitió su pasión por el Derecho, entendido como cuerpo fundamental de verdad democrática. Aunque ahora, con el paso del tiempo, la memoria selectiva conserve sólo la parte positiva del pasado, lo cierto es que la Transición fue una etapa durísima, caracterizada por la existencia de tremendas disputas en el camino hacia el consenso.

Cambio o ruptura, dos palabras recurrentes durante los años 70

A finales de los años 70, los vocablos “cambio” o “ruptura” sonaban por doquier en España; constituían el tema habitual de debate en todos los ámbitos preocupados por el devenir histórico del país. Ambas opciones se sustentaban en argumentos razonables. Quienes exigían la ruptura, como el Partido Socialista o el Partido Comunista, deseaban poner fin, de manera tajante, a cerca de cuarenta años de dictadura. Como estudiante reivindicativo, también quise la ruptura, ya que entonces el cambio nos parecía insuficiente. Ahora, con una perspectiva de treinta años, se analizan los hechos con mayor profundidad y se percibe que el cambio, tal como se llevó a cabo, fue una opción acertada, pues fueron respetándose gradualmente todas las ideologías.

Una Constitución duradera pero modificable

Quien haya estudiado el constitucionalismo español, principalmente el referido al siglo xix, sabe que la permanencia de nuestra Carta Magna representa un hito histórico, puesto que en los dos últimos siglos hemos tenido constituciones sumamente fugaces. Por ello, el hecho de que la Ley Suprema perdure sin excesivas críticas demuestra su grandeza y proporciona satisfacción a la ciudadanía. Los juristas sabemos muy bien que las normas no son inamovibles y que hay que modificarlas en función de las necesidades sociales. Considero, por tanto, que, a treinta años de su promulgación, la Constitución debería adecuarse a los nuevos tiempos. De todos modos, cabe recordar que, tras la aprobación de la Constitución europea en 2004, ya se hizo en el texto constitucional español una pequeña reforma.

Autonomía, Senado y Ley Electoral

Entre las posibles materias susceptibles de reforma se cuenta la necesidad de vertebrar el Estado de las Autonomías para definir los límites competenciales de las comunidades. Esta cuestión llevaría aparejada inevitablemente la modificación del Senado. Cualquier observador percibe que el funcionamiento de la Cámara Alta carece hoy de sentido, pues no es en realidad una Cámara de representación territorial, sino un órgano de segunda lectura y, como tal, lleva a cabo funciones poco prácticas. Para que devenga realmente lo que debe ser, no es necesario modificar la Constitución, sino replantear algunas normas que le otorgan atribuciones concretas al Senado. Entiendo que debería existir sólo como Cámara para coordinar asuntos de las comunidades autónomas pero, si no deseamos que ejerza tal función, la opción más aconsejable sería su eliminación. Y todo ello implicaría, inevitablemente también, una modificación de la Ley Electoral.

La verdadera función del Tribunal Constitucional es velar por los derechos individuales

Soy de la opinión que al Tribunal Constitucional se le está otorgando un carácter inapropiado y que no debería ser el tercer pilar del Estado de Derecho. Además, dicho organismo está siendo colapsado por numerosos conflictos competenciales de comunidades autónomas que, a menudo, tras un arduo trabajo, se resuelven mediante pactos políticos. Esta tarea le resta tiempo para ejercer su verdadera función, que no es otra que la de velar por los derechos individuales.

 

El problema no es la profusión legislativa, sino las escasas perspectivas de futuro de algunas normas

El problema de la Justicia no radica en la profusión legislativa, sino en las escasas perspectivas de futuro de algunas normas. Vemos así como el Código Penal de 1995, una de las leyes del Estado de Derecho que debería tener una mayor vigencia en el tiempo, ya ha sido objeto de múltiples modificaciones. Quienes aplicamos el Derecho tenemos por ello la sensación de que se legisla bajo presión mediática. El legislador ha de tener un poso de serenidad a la hora de idear una normativa y debe elaborarla con voluntad de duración; no se pueden modificar la legislación en función de los delitos que saltan a la palestra. Asimismo, la aplicación de las leyes no debería estar condicionada por el gobierno de turno, concentrado en contentar a sus votantes.

 

No se puede modificar la normativa a golpe de presión mediática

A un jurista no le gusta el constante cambio infundado de leyes, puesto que, cuando se aprueba una norma, generalmente ha sido estudiada previamente de una forma profunda por los sectores y comisiones implicados en ella. A raíz del caso Mari Luz, desde el Gobierno se habló de endurecer el régimen disciplinario de los jueces, lo cual supone un disparate, pues significa poco más que legislar para la prensa. Además, es una idea inapropiada porque la sanción que pueda tener un juez –como cualquier otro funcionario público– queda establecida en un reglamento disciplinario y debe valorarse en función del gravamen que se le aplique a la conducta cometida. No se puede modificar la normativa a golpe de presión mediática, pues ello genera desconfianza en nuestra Justicia.

 

En un juzgado, los poderosos son tratados de igual forma que los débiles

Conviene señalar que los jueces necesitan de la independencia como premisa básica de la operatividad judicial. Aunque también es cierto que la independencia no es una burbuja inaccesible. El juez es una persona independiente como cualquiera, con sus vivencias y circunstancias, que pueden incidir para bien o para mal en su estado de ánimo. Sin embargo, de manera generalizada, no pueden generarse dudas respecto de supuestas presiones políticas a jueces. En caso de haberlas, deben denunciarse y sancionarse, como de hecho ha ocurrido en ciertos casos. No cabe duda de que en un juzgado los poderosos son tratados de igual forma que los débiles. El Consejo General del Poder Judicial debería saber explicar a la ciudadanía que estamos en unas manos excelentes, aunque desafortunadamente sean pocas, porque hay pocos jueces.

Promesas de reformar la Justicia

La reforma del sistema judicial ha sido prometida por la mayoría de los ministros de Justicia que han ocupado el cargo. Y aunque es cierto que debe reformarse la Justicia, no lo es menos que, desde hace muchos años, lo único que se ha hecho es modificar leyes procesales y leyes de fondo. Los juristas quisiéramos que una ínfima parte de las inversiones dedicadas a Hacienda se aplicaran a la Administración de Justicia. La verdadera reforma del sistema judicial consiste en dotarlo de suficientes medios materiales y humanos.

Una de las reformas constitucionales pendientes: la monarquía

Con todos los respetos a nuestra monarquía, y apreciando su valiosa aportación al desarrollo de la democracia en España, entiendo, como republicano, que esta institución es hoy una de las asignaturas pendientes de nuestra reforma constitucional. En este sentido, considero que la república es un sistema de gobierno mucho más justo y acorde a nuestra época. Cuando llegue el momento en el que deba abordarse la sucesión en la figura del Príncipe Felipe, probablemente surgirán muchos más sectores sociales reivindicativos del cambio, que se replantearán la existencia de la monarquía. Aunque ya existe una cierta sensibilización a favor de la instauración de un régimen republicano, sin embargo es un movimiento que representa una parte minoritaria de la sociedad, de forma que, mientras los partidos mayoritarios continúen respaldando la institución monárquica, será difícil planear una modificación constitucional encaminada a cambiar el sistema político vigente.