MANUEL JOSÉ SILVA SÁNCHEZ
MANUEL JOSÉ SILVA SÁNCHEZ
TH, 3r VOLUM. El estado de derecho después de 1978

MANUEL JOSÉ SILVA SÁNCHEZ

Texto del 17/11/08 .
Fotografía: Àngel Font.

Nacido en un pueblo de Ávila, Manuel José Silva llegó a Cataluña a los seis años y declara sentirse políticamente catalán. Abogado del Estado y letrado, así como vicepresidente de Coordinación Parlamentaria del Comité de Gobierno de Unión Democrática de Cataluña, recuerda la Transición como una etapa admirable de la historia del país, en la que primó el deseo de reconciliación entre los españoles. Con convencimiento, señala la necesidad de potenciar la armonización entre las instituciones democráticas. Asimismo, considera inteligente una futura abdicación del Monarca en su hijo.

Nací en el seno de una familia de funcionarios medios

Viví la infancia en un ambiente donde la cultura y el conocimiento estaban siempre presentes. Mi entrada en la Facultad de Derecho coincidió con la elaboración de la Constitución. Entonces estábamos muy atentos a los debates parlamentarios y seguíamos con fruición las lecciones de Derecho político que impartía el catedrático Francesc de Carreras Serra. Tres años después de licenciarme en la Universidad Autónoma de Barcelona, aprobé la oposición y comencé a ejercer como abogado del Estado, siendo jefe del Servicio Jurídico del Estado en Barcelona hasta mi primera excedencia, en el año 1992. Al ser elegido concejal de Barcelona y luego jurar como diputado en el Congreso (en 1995), pasé a Servicios Especiales, hasta que en el año 2004 volví a la excedencia. Como miembro del Comité de Gobierno de Unión Democrática de Cataluña desde 1994, continúo dedicándome a la actividad política, que combino con la abogacía privada, en un porcentaje del 30% y el 70%, respectivamente. Me inclino fundamentalmente por el Derecho administrativo y el penal-tributario.

La Transición acabó con los problemas que habían amargado la convivencia en España durante siglos

Valoro enormemente los años de transición hacia la democracia, sobre todo teniendo en cuenta los males endémicos que ha padecido España a lo largo de su historia. Por un lado, la cuestión religiosa y la territorial habían generado grandes conflictos y causado el derramamiento de mucha sangre. Asimismo, en el terreno militar, debemos recordar que provenimos de un siglo xix y parte del xx plagados de pronunciamientos militares y de intervenciones del ejército en la política. La gran aportación de la Transición radica en haber sabido hallar puntos de acuerdo importantes para superar los problemas que amargaron la convivencia en España durante varios siglos. Significó un esfuerzo de generosidad por parte de quienes, ostentando el poder, lo cedieron, así como de aquellos que, pudiendo pensar que había llegado el momento de la revancha, se decantaron por la reconciliación. Fue una etapa admirable y de gran clarividencia, que posibilitó el hecho de ver, entre otros, a comunistas y franquistas compartiendo la ponencia constitucional y estableciendo un orden político para el futuro.

En el tardofranquismo no hubo un Estado de Derecho, sino un Estado de Legalidad

Hubo dictadura hasta la llegada de la democracia; como dicen los castizos: “Hasta el rabo, todo es toro”. No obstante, en su camino, es cierto que la dictadura experimentó una mutación que facilitó posteriormente su reemplazo. Durante el tardofranquismo, España no gozó de un Estado de Derecho propiamente dicho, pero sí de un Estado de una cierta Legalidad. Así, se dispuso de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, una norma de 1956 que permitía controlar judicialmente a la Administración de la dictadura, o de la Ley de Procedimiento Administrativo de 1958, que acotaba la actuación de la Administración, hitos que, junto con la denominada Ley Orgánica del Estado, permitieron una cierta evolución del régimen. En la búsqueda de antecedentes, existe una gran deuda hacia algunos políticos, como Laureano López Rodó, quien trabajó durante los últimos veinte años del régimen, desde las entrañas del propio franquismo, para que el sistema fuese estructurándose políticamente, a fin de impedir la perpetuación del caudillaje y favorecer en un futuro la transición a la democracia.

Generosidad de Santiago Carrillo y del Partido Comunista

Durante el proceso de la Transición, el PC ejerció un papel fundamental. Siguiendo los debates parlamentarios de la época, acerca de temas como la introducción de la libertad religiosa en la Constitución, la libertad de educación, los símbolos, etc., comprobamos que la posición de Santiago Carrillo y de los comunistas destacó por sus generosos planteamientos: intuyeron que la ruptura significaría la prolongación del enfrentamiento entre las dos Españas, tan bien descrito por Antonio Machado en sus versos. De haberse optado por la ruptura, no hubiésemos podido estabilizar el Estado del que hemos venido disfrutando desde el año 1977, y que ha coincidido en los últimos años con el período de mayor prosperidad económica que ha conocido el país en siglos.

Mutación constitucional y cuestión autonómica

El Derecho comparado nos muestra sabios sistemas para producir lo que se conoce como “mutación constitucional”, algo que permitiría una modificación de la Carta Magna, fiel a su espíritu, sin alterar su letra, en virtud de la interpretación que de ella va haciendo el Tribunal Constitucional. Cuando se habla de reformas constitucionales, hay que incidir en la eliminación de la discriminación de la mujer en el acceso a la sucesión en la Corona, así como de la función atribuida al ejército como garante de la unidad territorial de España. En algunos sentidos, empero, la Constitución se redactó de forma más abierta de lo que hoy seguramente permitiría una reforma constitucional. Los políticos de aquella legislatura constitucional fueron capaces de admitir la distinción entre nacionalidades y regiones, autonomía política y descentralización administrativa, la posibilidad de que hubiese unas comunidades autónomas con parlamento y otras sólo con funciones ejecutivas. La aplicación del principio dispositivo, que la Constitución reconoce en este ámbito, ha desembocado en una homogeneización excesiva, reconociendo a cualquier comunidad autónoma el derecho a configurarse como creyera más conveniente. A pesar de la distinción real de vocaciones, unos hacia la autonomía política, otros hacia la descentralización administrativa, prácticamente todas las regiones acaban llegando al mismo nivel competencial, lo que ha causado una serie de complicaciones a veces innecesarias. Creo que una nación, como Cataluña, con una lengua, que es su nervio, debe tener amplias competencias en materias como la cultura, pero esto no significa que deba agotarlas en otros ámbitos.

Por una actuación armonizadora entre las instituciones

Teóricamente existen mecanismos para que el Estado realice una cierta labor de armonización, pero posiblemente la gran asignatura pendiente del Estado, de las autonomías y de la Constitución sea precisamente hacer efectiva esa competencia o actuación armonizadora. En el caso de la educación, por ejemplo, entiendo que es una competencia fundamentalmente autonómica, pero considero que lo más sensato sería que se intente coordinar el contenido de algunas materias entre las distintas comunidades. Sabiendo que la historia de España es diferente vista desde Cataluña o desde Castilla y León, conviene llegar a un acuerdo para determinar qué historia de España debe enseñarse.

Prima el deseo de agotar las competencias autonómicas

Sucede que en esta primera fase de constitución de las autonomías, prima el explicable deseo de agotar todas las competencias autonómicas por encima de cualquier otro planteamiento. No obstante, y teniendo en cuenta que estamos en el seno de la Unión Europea, regida por los principios del federalismo económico, carece de sentido el hecho de que pueda haber mayores diferencias entre comunidades autónomas de las que la Unión Europea permite que existan entre los Estados. Por lo tanto, en algún momento convendría reflexionar y pensar que estamos en un espacio económico común y plantearnos si realmente conviene tanta proliferación y diferenciación legislativa autonómica, que en algunos casos podrían calificarse de superfluas.

“Síndrome del fallo múltiple del sistema judicial”

Existe la denominación acuñada para la Justicia del “síndrome del fallo múltiple del sistema”. En suma, significa que falta dinero, formación, jueces y personal. Respecto al personal, convendría estabilizarlo. En Cataluña, por ejemplo, ocurre que, cada vez que se convoca un concurso, los funcionarios participan para marcharse a otros lugares de España, lo que provoca que queden juzgados con la mitad del personal necesario. La situación de la Justicia experimentó una ligera mejoría a partir de los años 1999-2000, coincidiendo con el inicio del Pacto por la Justicia, pero hoy vuelve a ser lamentable.

En el futuro, por razones obvias de edad, es previsible que el Rey abdique en su hijo

En España, se hace tan necesaria la función moderadora y representativa del Estado atribuida al Rey que la Corona deviene una institución fundamental y necesaria. Es posible contemplar la abdicación de don Juan Carlos en favor del Príncipe Felipe, entre otros motivos porque le deseo una larga vida al Monarca y porque en algún momento verá más capacitado a su sucesor que a sí mismo, por razones obvias de edad. Si se niega la posibilidad de la abdicación puede dar la impresión de que no se le está reconociendo valía suficiente al heredero, cuando la realidad es que la preparación del Príncipe es muy sólida. Decidir el momento en el que debe realizarse el relevo es un asunto que forma parte de las funciones y competencias de la Casa Real.