RAMÓN HERMOSILLA MARTÍN
RAMÓN HERMOSILLA MARTÍN
TH, 3r VOLUM. El estado de derecho después de 1978

RAMÓN HERMOSILLA MARTÍN

Texto del 01/10/2008
Fotografía: Andrés Hernández Zuazo.

Uno de los pilares fundamentales del Estado de Derecho, en opinión de Ramón Hermosilla Martín, es el Consejo General del Poder Judicial, que ha de gozar de autonomía y de medios técnicos y humanos suficientes. Comparte profesión y despacho con su hijo, Ramón Mª Hermosilla Gimeno, y hace hincapié en dos reformas urgentes y positivas para el desarrollo del país: lograr que las leyes aprobadas se hagan efectivas y que el Estado central recupere alguna de sus antiguas competencias.

Un milagro de convivencia y comprensión que propició una transición pacífica

Tuve una cierta participación política hasta 1978. El año anterior había sido candidato de Alianza Popular a un puesto de diputado, pero finalmente, y por una cuestión de escaños, no accedí a él. En cuanto a aquel período, los que participamos en la vida política y profesional intentamos que se constituyese un nuevo orden jurídico que subsanara el vacío de libertades personales e institucionales que había existido. No fue un proceso nada fácil, pero finalmente se operó un milagro de compresión, convivencia y salvaguarda del interés general bajo el cual venció la tesis de la libertad. Conocíamos las constituciones que había tenido antes el país y tratábamos de extraer lo mejor de todas ellas para configurar la nuestra. En un ambiente distendido, tuvo prioridad el propósito de hacer una Carta Magna apta para dirigir los destinos de la nación española y plantear los grandes principios, regidos por unos valores democráticos de libertad, solidaridad y convivencia futuras.

La Constitución: un texto modélico que establece un sistema de garantías antes inexistente

No se puede dudar de la eficacia y bondad de la Constitución de 1978 en la vida española. Es un texto modélico que ha hecho posible nuestra convivencia durante estos años y ha establecido un sistema de garantías que antes no existía. Si nos remitimos al Código Penal de 1973, encontramos un precepto que reza: “las acciones y omisiones penadas por la ley se reputan siempre voluntarias a no ser que coste lo contrario”, lo cual equivale a reconocer una presunción de culpabilidad. La Carta Magna cambió radicalmente esto al introducir lo opuesto, es decir, la presunción de inocencia, principio universal de los derechos humanos que llevaba ya tiempo establecido en los países desarrollados del mundo.

Extrema prudencia a la hora de modificar nuestra Carta Magna

Quizá fuera conveniente matizar algunos aspectos, pero el texto vigente tiene todavía largo recorrido por delante y, en caso de modificarlo, se habrá de hacer con extrema cautela. Resultará difícil mejorar algo tan perfecto como nuestra Carta Magna. Todas las ideologías tendrán que ser puestas al servicio de tan alto designio. No olvidemos que las libertades y garantías que contiene no han sido melladas hasta la fecha por ninguna circunstancia. En realidad, estimo que es uno de los mejores textos constitucionales de Europa.

Riesgos calculados de la descentralización

Cuando España se estaba organizando sobre el papel como una unidad de autonomías, subrayando los riesgos de separatismo y de ruptura de esa unidad, hubo que salir al paso de una realidad previsible: sufrir el peligro de que cada autonomía se encerrara en sus propios problemas y aspiraciones y se desentendiera de las aspiraciones y problemas de las demás. Nos arriesgamos a que se menoscabara ese principio de solidaridad que queríamos fuera una de las columnas vertebrales de la nueva legalidad.

Las autonomías sólo tienen sentido como parte de una estructura estatal superior

Creo que se ha conseguido un éxito importante en lo que atañe al proceso de descentralización. Sin embargo, ha causado un exceso de funcionariado, lo que ha propiciado la proliferación de actividades duplicadas y contradictorias. Personalmente, nunca hubiera descentralizado la Justicia, la educación ni las agencias tributarias. Las autonomías solamente tienen justificación si se mantienen en la convicción de que su unión configura un Estado superior, coherente, homogéneo y proyectado a un fin común. En el momento en que el egoísmo penetra en la autonomía, ésta desoye los principios de solidaridad que contiene la Constitución, y da por buenos planteamientos que quiebran el criterio de apoyo básico que debe existir entre los distintos territorios. Convendría, en fin, establecer un dispositivo que permitiera recuperar ciertas competencias al Estado.

Carece de sentido crear problemas que no surgen naturalmente en la calle ni en la conciencia del pueblo

La excesiva atribución de competencias a las comunidades autónomas ha hecho que se hayan planteado problemas sin contenido real. La interpretación que algunos han hecho de la Constitución, además de ciertos actos políticos, ha dado lugar a actitudes poco comprensibles. Un ejemplo lo tenemos en la cuestión del idioma. Estoy de acuerdo en que las lenguas vernáculas deberían sobrevivir, pero sin descuidar el hecho de que, por encima de ellas, existe una lengua oficial del Estado, el español, que debe respetarse en base a ese principio unitario que configura las autonomías. No tiene sentido crear problemas que no surgen naturalmente en la calle ni en la conciencia del pueblo. Una de las cosas que más solidarias hace a las personas es el vehículo de su expresión. Hay que procurar promover el desarrollo de los idiomas particulares pero sin babelizar el Estado; lograr, en definitiva, que la solidaridad cristalice en una identidad común que, sin desoír otras modalidades culturales, prime el castellano como lengua nacional.

Consejo General del Poder Judicial, un poder más del Estado

Otra cuestión que está pendiente de resolver es la que atañe al Consejo General del Poder Judicial. Queda establecer, no ya la independencia de criterio de sus miembros, que existe y es indudable, sino también su autonomía de elección. Se trataría de que fuera un poder más del Estado, con prerrogativa institucional suficiente como para afrontar los problemas en igualdad de condiciones con respecto a otros poderes.

Necesaria y urgente reforma del Código Penal

A mi juicio, el problema más grave para el ciudadano español, desde el punto de vista jurídico, lo constituye el Código Penal, que en principio debería ampararlo de toda suerte de malevolencias. Sin embargo, la sustitución del antiguo artículo 384 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal por la Ley de Procedimiento Abreviado, teóricamente para acortar el tiempo de los procedimientos y establecer un sistema de garantías mejor que el que ya existía, ha conducido a todo lo contrario. Es decir, los procedimientos ahora se alargan más y el representado sólo conoce realmente el criterio definitivo que le somete a un proceso penal después de ser informado por escrito de las acusaciones del Ministerio Fiscal y de los particulares. Todo ello significa que es demasiado fácil imputar a una persona, otorgarle calidad de sospechosa, de posible culpable, y abocarla, en definitiva, a un estado de incertidumbre y desasosiego. Esto debe ser reformado necesariamente.

Reconocimiento a la abnegada y difícil labor de nuestros jueces

La mayor parte de los magistrados trabajan con una abnegación digna de encomio, a pesar de que sus retribuciones son escasas y la asistencia con que cuentan es también insuficiente, amén de la cantidad ingente de disposiciones continuas y de estar sometidos a plazos imposibles de cumplir. Personifican las garantías procesales, se les presume una visión global y objetiva de las cosas y un principio de imparcialidad todavía más acentuado que el de la Fiscalía. Su honestidad es absoluta y me consta que desean acertar. No es justa la crítica acerba que padecen. Hay que darles la dignidad que tienen y merecen, así como los medios y retribuciones que no tienen y de los que también son merecedores. Por otro lado, la buena formación de los magistrados es imprescindible para que su posterior especialización produzca el fruto esperado.

Excesiva intervención de los medios de comunicación en asuntos judiciales

El llamado “cuarto poder” tiende en ocasiones a vulnerar un principio básico en la actuación de los jueces: el del secreto de sus actuaciones. Entiendo que el periodismo vive de dar noticias y opiniones, pero no debería adentrarse tanto en ciertos asuntos y mucho menos expresar juicios de valor gratuitos como los que manifiesta cada día sobre las personas y los mecanismos relacionados con la Justicia.

Leyes que nacen muertas

Nuestra actual profusión legislativa está provocada tanto por el Estado central como por las autonomías, e incluso por otras instancias menores. Algunas leyes nacen muertas, pues son de imposible aplicación. Deberíamos suprimir la tendencia a publicar leyes sin un concienzudo estudio previo y buscar, en cambio, el asesoramiento de los consejos generales de la abogacía y de los letrados que ejercen día a día su profesión. Igualmente, habría que asegurarse previamente de que se cuenta con los medios necesarios para hacer efectivas las normas.

Desearía que nuestro Monarca gozase de mayores potestades

Me considero monárquico y creo que la actual Casa Real ha sido muy positiva para España. En este sentido, he de reconocer que hubiera preferido que nuestro Monarca gozase de mayores potestades que las que le confiere el Título II de la Constitución. España es juancarlista y la pretensión de cambiar nuestra monarquía parlamentaria por otra forma de Gobierno nos produce inquietud a muchos. Bajo la unidad de la Corona y de la Carta Magna se puede avanzar y convivir. Además, el Príncipe Felipe está preparado para reinar y sabrá llevar a cabo su tarea de una forma ejemplar.