“Ningún gobierno ha tenido como prioridad política la Justicia”
El Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB), creado en el año 1833, se ha caracterizado siempre por defender los derechos humanos y la asistencia al detenido. En el momento en que esta tarea la adoptó la propia Administración, pudo parecer que el Colegio había perdido su función reivindicativa, lo cual dista mucho de ser cierto. En realidad, tan sólo se modificaron sus peticiones. El ICAB ha realizado desde entonces dos funciones capitales: por un lado, salvaguardar los intereses de sus colegiados trabajando para facilitar el ejercicio diario de la profesión y, por otro, divulgar la función social que la abogacía presta a los ciudadanos como garantes de sus derechos.
La abogacía es una profesión liberal que, hoy por hoy y hasta que entre en vigorla Leyde Acceso, sólo requiere ser licenciado en Derecho y la colegiación para poder ejercer. La copiosa legislación, nada propicia a observar los efectos provechosos o perniciosos de las leyes, nos obliga a una atenta formación complementaria para poder prestar un buen servicio a la sociedad. Poreste motivo, para el ICAB ha sido una prioridad continua potenciar y facilitar la formación de los abogados.
Otras acciones que realizamos son intangibles y tal vez pasan desapercibidas, circunstancia que puede originar un alejamiento dela sociedad. Estalabor inadvertida abarca la defensa de las necesidades de modificación de los tribunales de Justicia, el sustento de nuestra función deontológica, el control del sistema de realización del trabajo y, por último, la gestión de las relaciones institucionales. Todas estas acciones que está llevando a cabo la abogacía repercuten en su quehacer diario, pero también en beneficio de un mejor funcionamiento dela Administraciónde Justicia.
Un Estado de Derecho es insostenible sin una Justicia efectiva. Todas las acciones políticas acaban tutelando el curso dela Justicia y, sin embargo, ésta nunca ha sido una prioridad política de ninguno de los gobiernos democráticos. Cuando entiendan que es un órgano preferente y le faciliten los medios para realizar los cambios organizativos que precisa, gozaremos de un sistema judicial vigoroso y eficaz. La Justicia es garantista en los procedimientos judiciales, pero no debe prolongarse por exceso de demanda. Requiere su tiempo: nunca hay que confundir la inmediatez conla celeridad. La Administración puede actuar en 24 horas, pero la Justicia no. Debemos adaptarnos al siglo xxi en cuanto a organización y medios para adecuarnos plenamente al Estado de las Autonomías.
Tal y como está diseñada la elección de los miembros del Consejo General del Poder Judicial, se presta en exceso a un pacto entre partidos políticos. Estaría de acuerdo con el sistema de elección si fuera en función de la profesionalidad de sus componentes en mayor proporción que las cuotas políticas y que el reparto de poder.
Para finalizar, quiero destacar que, al leerla Constitución, uno aprecia el perfil de Estado que define. El capítulo de derechos y libertades constituye una redacción impecable. Exijamos, pues, la independencia del poder judicial y de la actuación de los jueces, aunque en este segundo caso sólo en sus sentencias y no en todo el sistema de Administración de Justicia. No hay que tener miedo a modificar la Constitución, y hay que hacerlo con imaginación. Es un modelo perfecto, pero interpretable con el paso de los años.